jueves, 29 de abril de 2010

MINI REFORMA 3

Con el propósito de gravar rentas LÍQUIDAS de sueldos, y honorarios sin gastos efectivos, deben tener una presunción de "gasto necesario" de 30% sin tope, de manera que al impuesto resultante, según tabla de 0 a 40%, pague el 70% de él.

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